Directora del CPEIP analiza los resultados del Estudio Talis y destaca incremento del tiempo no lectivo

  • En entrevista con Radio Pauta, Francisca Díaz también subrayó que hoy ha cambiado el paradigma de la formación docente, pasando de la lógica de la capacitación a la del desarrollo profesional.

18 de julio de 2019. La directora del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas (CPEIP) del Mineduc, Francisca Díaz, participó del programa «Un día perfecto» de Radio Pauta junto a la periodista Maritxu Sangroniz para analizar los resultados del Estudio Talis de la OCDE dados a conocer recientemente.

Esta investigación arrojó que los docentes chilenos invierten 70% del tiempo de sala en la enseñanza y aprendizaje de los estudiantes, cifra menor al promedio de la OCDE. En ese sentido, Díaz destacó que para enfrentar este desafío a nivel global —ya que en los últimos años el tiempo de clases dedicado a este ámbito ha disminuido en aproximadamente la mitad de los países participantes del estudio—, es clave la innovación pedagógica, lo que hoy aborda el Ministerio a través de la promoción del tiempo no lectivo.

Estudio Talis

Horas no lectivas 

“Las horas no lectivas son las que el profesor dispone para un trabajo pedagógico, como planificación, evaluación, uso de recursos, discusión de resultados de aprendizaje, etc. Y eso se hace en colaboración con sus pares. Chile tenía un porcentaje muy bajo de tiempo no lectivo y ha ido aumentándolo de manera progresiva. En 2019 aumentó a 35% de horas no lectivas versus 65% de horas lectivas. Esto significa que hoy el profesor tiene más tiempo para realizar este tipo de tareas”, afirmó Díaz.

Sobre los ámbitos que el país se encuentra sobre el promedio de la OCDE subrayó que, por ejemplo, pedagogía fue la primera elección de estudios para un 66% de los maestros, lo que es un indicador relevante respecto de la valorización de la profesión como una carrera de primera opción. “Significa que hay una aspiración de transformarle la vida al otro”, indicó.

“Hoy debemos entender que la calidad docente es responsabilidad de todos. De quienes estamos en la política pública, de las universidades, de los sostenedores, de los líderes intermedios, de los directivos, etc. Cuando uno siente que la responsabilidad es algo distribuido, te atreves a mostrar tu sala de clases y entender que la docencia contemporánea es algo complejo de manejar. Se necesita de los aportes y apoyos de otros (…) Esto es algo que aún nos falta por instalar”, agregó Díaz.

Avances en política docente

Díaz también abordó el rol del CPEIP en la implementación de la política docente y su relevancia a nivel país. «En las últimas décadas el CPEIP ha ido incorporando una función evaluativa. Hoy hacemos la Evaluación Nacional Diagnóstica, que evalúa al ciento por ciento de los egresados de pedagogía del país y por ende nos da luces sobre la formación inicial; y también hacemos la Evaluación Docente y el Sistema de Reconocimiento, que es el componente evaluativo de la progresión en la Carrera Docente«, comentó.

Cómo ha cambiado el paradigma de la formación de los profesores desde que se implementó la Ley 20.903, pasando desde la capacitación a través de cursos a la lógica del desarrollo profesional docente, fue otro de los temas analizados. «El profesor hoy aprende mayoritariamente en su lugar de trabajo, con su grupo de pares, y a partir de la reflexión de su propia práctica», enfatizó Díaz. A raíz de ello, el trabajo del Centro ha estado enfocado en adaptarse a los cambios formativos que requiere el docente del mundo actual.

Tiempo no lectivo
Conferencias online del CPEIP sobre el uso del tiempo no lectivo.

Estudio Talis

El Estudio Internacional Talis de la OCDE contó con la colaboración del Centro de Estudios y el Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas (CPEIP) para su desarrollo en Chile. Esta investigación realizada en 2018 permitió conocer aspectos clave sobre el trabajo de los profesores y directores en las escuelas del país a partir de sus propias creencias. Cuáles son las prácticas que utilizan los maestros en el aula, cómo se capacitan y de qué manera se implementa la educación a niños con necesidades educativas especiales, fueron algunos de los temas considerados.

Escucha la entrevista de Radio Pauta

Revisa los resultados de Talis en Chile

Información sobre Incremento del tiempo no lectivo

Sistema de Desarrollo Docente: Información sobre el incremento del tiempo no lectivo, uso y asignación

La Ley 20.903, que crea el Sistema de Desarrollo Profesional Docente, es uno de los pilares de la Reforma Educacional en marcha. En este sistema se establecen transformaciones para dar solución e intervenir en materias propias de la profesionalidad docente, las necesidades de apoyo a su desempeño y su valoración. Dentro de los cambios que establece, está el incremento del tiempo no lectivo para todos los docentes de establecimientos que reciben financiamiento del Estado.

Actualmente, los docentes destinan un 75% de sus horas de contrato a realizar clases. La ley establece que a partir del inicio del año escolar 2017  se disminuirán las horas frente al aula a  70 % de las horas de contrato y en 2019, a  65 %.

Para los profesionales de la educación que realicen docencia de primer ciclo en establecimientos con una concentración de 80% de alumnos prioritarios o superior, a contar del año 2019, los sostenedores podrán disminuir el tiempo lectivo a 60% de las horas de contrato [1]. Los sostenedores podrán usar hasta el 50% de los recursos de la Subvención Escolar Preferencial para financiar este aumento, con la restricción de que este financiamiento no podrá superar la diferencia de horas no lectivas que se produzca entre la jornada establecida en los artículos 69 y 80 del Estatuto Docente ( decreto con fuerza del ley N° 1 de 1996, del Ministerio de Educación) y las que se establecen para estos establecimientos.

Asimismo, la Ley define las actividades curriculares no lectivas, los usos que se pueden dar a este incremento, y la forma en que deben ser asignadas. Estos y otros detalles abordamos en este documento de orientaciones. Destacar que para financiar estos incrementos, el Ministerio de Educación aumentará la subvención escolar que reciben los establecimientos. Estos nuevos recursos están establecidos en el artículo 3° y cuadragésimo octavo (48) transitorio de la Ley 20.903.

1.      Incremento de horas no lectivas para el año 2017 

Las horas de docencia de aula para los años 2017 y 2018, para un contrato de 44 horas, no podrán exceder de 30 horas con 45 minutos, excluidos los recreos, esto tanto para los establecimientos en régimen de Jornada Escolar Completa Diurna como para aquellos con jornada única.

Para el año 2019, las horas de docencia de aula para un contrato de 44 hora no podrán exceder de 28 horas con 30 minutos, excluidos los recreos, esto tanto para los establecimientos en régimen de Jornada Escolar Completa Diurna como para aquellos con jornada única. Tabla de distribución de horas lectivas y no lectivas

2.     Definición de actividades curriculares no lectivas, de acuerdo a la Ley 20.903

La Ley define como actividades curriculares no lectivas aquellas labores educativas complementarias a la función docente de aula, relativa a los procesos de enseñanza-aprendizaje considerando, prioritariamente, la preparación y seguimiento de las actividades de aula, la evaluación de los aprendizajes de los estudiantes, y las gestiones derivadas directamente de la función de aula. Asimismo, se considerarán también las labores de desarrollo profesional y trabajo colaborativo entre docentes, en el marco del Proyecto Educativo Institucional y del Plan de Mejoramiento Educativo del establecimiento, cuando corresponda.

Asimismo, considera aquellas actividades profesionales que contribuyen al desarrollo de la comunidad escolar, como la atención de estudiantes y apoderados vinculada a los procesos de enseñanza; actividades asociadas a la responsabilidad de jefatura de curso, cuando corresponda; trabajo en equipo con otros profesionales del establecimiento; actividades complementarias al plan de estudios o extraescolares de índole cultural, científica o deportiva; actividades vinculadas con organismos o instituciones públicas o privadas, que contribuyan al mejor desarrollo del proceso educativo y al cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional y del Proyecto de Mejoramiento Educativo, si correspondiere, y otras análogas que sean establecidas por la dirección, previa consulta al Consejo de Profesores.

  3.      Respecto de la distribución de las horas no lectivas Según establece la Ley 20.903, en la distribución de la jornada de trabajo se deberá procurar que las horas no lectivas sean asignadas en bloques de tiempo suficiente para que los profesionales de la educación puedan desarrollar en forma individual y/o colaborativa, la totalidad de sus labores y tareas asociadas al proceso de enseñanza.  Un aspecto clave en la asignación de las horas no lectivas es lograr agrupar horas de tal forma que los docentes puedan desarrollar adecuadamente su trabajo, pero además que les posibilite trabajar con sus pares; ello permite coordinar acciones de profesionales que tienen responsabilidad frente a un mismo curso y/o nivel, favorecer la gestión pedagógica y la trayectoria educativa de los y las estudiantes. Además, el desarrollar trabajo colaborativo entre los y las docentes, favorece la reflexión sobre el proceso educativo, la innovación de las prácticas y el desarrollo profesional, ya que son instancias de formación a partir de sus prácticas.  Les corresponderá a los directores de los establecimientos educacionales velar por la adecuada asignación de tareas, de modo tal que las horas no lectivas sean efectivamente destinadas a los fines señalados.

4.      Respecto al uso de las horas no lectivas
Un porcentaje de a lo menos el 40% de las horas no lectivas estará destinado a las actividades de preparación de clases y de evaluación de aprendizajes y otras actividades profesionales relevantes para el establecimiento, ello implica tener como referente para esta definición el Proyecto Educativo Institucional (PEI) y el Plan de Mejoramiento (PME).   Ello se fundamenta en la importancia que tiene la planificación como una herramienta clave para el logro de los objetivos de aprendizaje y en cautelar un tiempo para que el docente contextualice los instrumentos curriculares de acuerdo a las necesidades y normas establecidas por cada uno de los establecimientos.    Las horas no lectivas destinadas a otras actividades profesionales relevantes para el establecimiento, las determinará el director, previa consulta al Consejo de Profesores, debiendo tener como referente para esta definición el Proyecto Educativo Institucional (PEI) y el Plan de Mejoramiento (PME).   Corresponderá a la Superintendencia de Educación la fiscalización del cumplimiento de lo señalado en el párrafo anterior.

5.       Respecto del financiamiento del incremento de horas no lectivas

El Artículo 48 de las disposiciones transitorias de la Ley 20.903 (del inciso 1° al 5°), entrega los detalles del aumento de la subvención por alumno para los años 2017 y 2018, destinado a financiar el primer incremento del tiempo no lectivo que ocurrirá desde el próximo año.

En tanto, el Artículo 3° de la Ley, en sus numerales 1 y 2, establece el valor unitario mensual que tendrá la subvención escolar desde el año 2019, cuando se alcance la proporción de 35% de horas no lectivas.

En ambos artículos se detallan los recursos para establecimientos con y sin Jornada Escolar Completa (JEC).

[1] La Superintendencia de Educación podrá eximir a los sostenedores por razones fundadas, tales como tratarse de un establecimiento uni, bi o tri docente u otras condiciones en que no sea factible cumplir con dicha obligación. Más detalles en el Artículo 4° de las disposiciones transitorias de la Ley 20.903, a la cual se puede acceder en el enlace http://bcn.cl/1uzzn

Tabla de distribución de Horas Lectivas y no Lectivas según horas de contrato, para establecimientos con y sin  Jornada Escolar Completa